CUMPLIMIENTO DE LAS LEYES DE PRIVACIDAD

Vivimos en una era donde los datos personales y la información confidencial están totalmente digitalizados y al alcance de cualquiera. Esta realidad ha originado que se establezcan leyes y normas para la protección de la privacidad de los datos como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

¿Cuál es el objetivo principal de la ley de protección de datos? Proteger los derechos y libertades fundamentales de las personas en relación con el tratamiento de sus datos personales. Con el fin de cumplir con este objetivo, la ley sugiere tomar medidas que protejan la privacidad de la información personal y aseguren el correcto almacenamiento y uso de los datos personales.

Una de las medidas que propone el RGPD es la anonimización de datos, siendo un proceso que elimina o modifica cualquier dato que pueda identificar directa o indirectamente a una persona. Mediante la anonimización se garantiza la privacidad de los datos, evitando que caigan en manos de terceros no autorizados y se usen de manera indebida.

¿QUÉ DATOS CONSIDERA EL RGPD QUE DEBEN SER ANONIMIZADOS?

Es muy importante tener en cuenta que la anonimización de datos se debe realizar de manera efectiva para evitar la posibilidad de identificar al individuo que hay detrás de la información. Por ello, es crítico aplicar técnicas y medidas de seguridad adecuadas para garantizar la protección de la privacidad y confidencialidad de los datos anonimizados y prevenir cualquier intento de identificación o uso indebido. La correcta aplicación de la anonimización de datos personales garantiza que en caso de brechas de seguridad o ciberataques no se exponga la información sensible, lo que evita daños reputacionales y económicos. 

Entonces, ¿qué datos considera el RGPD que deben ser anonimizados?. Estos son los datos que la normativa señala como datos personales y que es importante anonimizar para evitar posibles sanciones y multas: 

  • Datos de identificación personal: Nombre, apellidos, número de identificación, fotografía, dirección, números de teléfono, direcciones de correo electrónico, etc.
  • Datos de características personales: Edad, género, fecha de nacimiento, estado civil, nacionalidad, etc.
  • Datos de ubicación: Dirección exacta, coordenadas geográficas, datos de GPS, etc.
  • Datos económicos y financieros: Números de cuenta bancaria, historial de transacciones, ingresos, deudas, etc.
  • Datos de salud: Información médica, historia clínica, condiciones de salud, tratamientos médicos, etc.
  • Datos genéticos y biométricos: Información sobre características genéticas, huellas dactilares, rasgos faciales, etc.
  • Datos de preferencias y perfiles: Información sobre intereses, comportamientos, compras, preferencias en línea, etc.

¿QUIÉN TIENE QUE CUMPLIR CON EL RGPD Y CÓMO HACERLO A TRAVÉS DE LA ANONIMIZACIÓN?

El cumplimiento normativo del RGPD aplica a todas aquellas empresas, entidades públicas o profesionales que manejan datos personales de terceros. Esta normativa se aplica a nivel europeo, ya que está dentro del marco legal de la Unión Europea.

La anonimización de datos personales, cuando se realiza de manera efectiva y adecuada, puede ayudar a cumplir varios requisitos del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea. A continuación, se enumeran algunos de los requisitos del RGPD que se pueden cumplir a través de la anonimización de datos:

  • Principio de minimización de datos (Artículo 5, párrafo 1c): Al anonimizar los datos, se asegura que solo se procesen aquellos datos que son estrictamente necesarios para el propósito específico, evitando el tratamiento de datos personales innecesarios.
  • Integridad y confidencialidad (Artículo 5, párrafo 1f): La anonimización protege la confidencialidad de los datos personales, ya que una vez anonimizados, estos no pueden ser revertidos para identificar a personas individuales, evitando así cualquier violación de la seguridad y la privacidad.
  • Derechos del interesado (Artículos 15 a 22): La anonimización protege los derechos de los interesados al garantizar que los datos ya no puedan vincularse a individuos específicos. Por lo tanto, el derecho de acceso, rectificación, supresión, portabilidad y oposición ya no se aplica a los datos anonimizados.
  • Base legal para el procesamiento (Artículo 6): Si los datos se han anonimizado adecuadamente y ya no pueden identificar a personas individuales, es posible que ya no se requiera el consentimiento o la necesidad de cumplir con otras bases legales para el procesamiento de datos personales.
  • Transferencias internacionales de datos (Capítulo V): Si los datos se han anonimizado de forma efectiva, las restricciones sobre transferencias internacionales de datos personales pueden no aplicarse, ya que los datos ya no se considerarían datos personales protegidos por el RGPD.
  • Notificación de violación de datos (Artículo 33): Si los datos se han anonimizado adecuadamente, es posible que las violaciones de seguridad relacionadas con estos datos no estén sujetas a la obligación de notificación a las autoridades o a los interesados, ya que la anonimización garantiza que no haya riesgo para los derechos y libertades de los individuos.

Es importante tener en cuenta que la anonimización debe llevarse a cabo correctamente y de manera efectiva para que se cumplan todos estos requisitos del RGPD. Si la anonimización no es suficiente o se puede revertir fácilmente, los datos seguirán siendo considerados como datos personales y estarán sujetos a las regulaciones del RGPD. Por lo tanto, es fundamental asegurarse de que el proceso de anonimización sea sólido y riguroso para garantizar el cumplimiento adecuado de las disposiciones del RGPD.

Por todo lo anterior, la anonimización se ha convertido en una herramienta indispensable para cumplir con RGPD y evitar incumplimientos de forma sencilla. Sin embargo, realizar una anonimización adecuada y robusta es un requisito indispensable para beneficiarse de todos las ventajas de la misma.

¿SEUDONIMIZACIÓN O ANONIMIZACIÓN? CUÁL ES EL IDEAL PARA EL RGPD

La anonimización y la seudonimización son dos técnicas diferentes para proteger la privacidad de los datos personales y cumplir con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea. Aunque ambas técnicas buscan disociar la información de los individuos, existen diferencias significativas en cómo se aplican y los niveles de protección que ofrecen:

Anonimización:

  • Definición: La anonimización es una técnica mediante la cual los datos personales se alteran o eliminan de manera que ya no sea posible identificar a personas individuales, ni directa ni indirectamente.
  • Irreversibilidad: La anonimización es un proceso irreversible. Una vez que los datos se han anonimizado correctamente, no se pueden revertir para identificar a las personas.
  • Cumplimiento RGPD: Cuando los datos se han anonimizado de manera efectiva, ya no se consideran datos personales según el RGPD y, por lo tanto, quedan fuera del alcance de la regulación. No se aplican las obligaciones del RGPD a los datos anonimizados.

 

Seudonimización:

  • Definición: La seudonimización implica reemplazar ciertos atributos identificativos de los datos personales con códigos o identificadores diferentes, de manera que la información ya no esté directamente vinculada a una persona, pero aún sea posible volver a asociarla mediante el uso de información adicional almacenada por separado (p. ej., una clave o token para revertir la seudonimización).
  • Reversibilidad: A diferencia de la anonimización, la seudonimización se puede revertir utilizando la información de asociación adecuada, lo que permite restaurar la identidad de la persona.
  • Cumplimiento RGPD: La seudonimización se considera un mecanismo útil para proteger la privacidad y cumplir con el RGPD. Aunque los datos seudonimizados siguen siendo datos personales, el RGPD reconoce que esta técnica puede reducir los riesgos para los derechos y libertades de las personas, y ofrece algunas flexibilidades y exenciones adicionales en ciertas obligaciones (como notificación de violaciones de datos o facilitación del ejercicio de derechos por parte de los interesados) cuando los datos están seudonimizados.

 

En resumen, la principal diferencia entre la anonimización y la seudonimización radica en la irreversibilidad de la primera y la reversibilidad controlada de la segunda. Ambas técnicas son útiles para proteger la privacidad, pero la anonimización ofrece un nivel de protección más alto, ya que los datos se vuelven irrevocablemente anónimos y quedan fuera del alcance del RGPD, mientras que la seudonimización sigue siendo una forma de procesamiento de datos personales, pero con ciertas ventajas adicionales en términos de cumplimiento con el RGPD. Es importante evaluar cuidadosamente qué técnica se adapta mejor a los requisitos y riesgos específicos de cada caso de uso.

INCUMPLIMIENTOS DE RGPD POR FALTA DE ANONIMIZACIÓN DE DATOS

El incumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) por parte de las empresas relacionado con la falta de anonimización de datos personales puede dar lugar a diversas violaciones y sanciones. A continuación, se enumeran algunos de los principales incumplimientos relacionados con la falta de anonimización:

Violación de la privacidad: Si una empresa no anonimiza adecuadamente los datos personales que posee y estos se ven comprometidos o expuestos debido a una brecha de seguridad, se estaría violando el derecho fundamental a la privacidad de los interesados.

Procesamiento no autorizado: El RGPD establece que el procesamiento de datos personales debe tener una base legal válida. Si los datos no están anonimizados y no se cuenta con el consentimiento adecuado u otra base legal válida, la empresa estaría incumpliendo este requisito.

Transferencias internacionales de datos no seguras: Si una empresa transfiere datos personales no anonimizados a terceros países sin garantizar que existan las salvaguardias adecuadas, podría violar las restricciones del RGPD sobre transferencias internacionales de datos.

Incumplimiento de los derechos del interesado: Los interesados tienen diversos derechos en virtud del RGPD, como el derecho de acceso, rectificación y supresión de sus datos personales. Si la empresa no ha anonimizado adecuadamente los datos, esto podría dificultar o impedir el ejercicio de estos derechos por parte de los interesados.

Falta de protección ante el análisis de datos: Si una empresa realiza análisis de datos sin anonimizar previamente la información, podría conducir a la identificación de individuos a través de combinación de datos, lo cual sería una violación del RGPD.

Falta de notificación de violaciones de datos: Si se produce una violación de seguridad que afecta a datos personales no anonimizados, la empresa está obligada a notificar a la autoridad de protección de datos y, en algunos casos, también a los interesados. Si no se realiza esta notificación, se estaría incumpliendo el RGPD.

Las sanciones por incumplimiento del RGPD pueden ser significativas y variar según la naturaleza y gravedad de la infracción. Pueden incluir multas administrativas de hasta el 4% del volumen de negocios anual global de la empresa o hasta 20 millones de euros, según cuál sea el monto más alto. Además, el incumplimiento del RGPD también puede generar daños en la reputación y la confianza de los clientes y socios comerciales. Por lo tanto, es esencial que las empresas tomen medidas adecuadas para garantizar la anonimización de los datos personales y cumplir con las regulaciones del RGPD.

¿QUÉ CONSECUENCIAS EXISTEN POR NO CUMPLIR CON EL REGLAMENTO DE PROTECCIÓN DE DATOS?

Son diversas las consecuencias que puede sufrir una empresa u organización al incumplir el Reglamento General de Protección de datos (RGPD). Estas son las repercusiones que tienen las empresas al incumplir con los requisitos de la protección de datos:

Multas y sanciones: Las autoridades de protección de datos tienen la capacidad de imponer multas y sanciones económicas a las organizaciones que incumplan el RGPD por el incorrecto uso de los datos personales. Las multas y sanciones pueden variar en función de la gravedad y la naturaleza de la infracción:

    • Infracciones graves: multa de hasta 10 millones de euros (o el 2% de la facturación anual, aplicando la cuantía que resulte más alta).

    • Infracciones muy graves: multa de hasta 20 millones de euros (o el 4% de la facturación anual, aplicando la cuantía que resulte más alta).

Daños a la reputación: El incumplimiento del RGPD puede tener un impacto negativo en la reputación de la empresa. Las violaciones de datos o el mal uso de la información sensible puede generar desconfianza en los clientes u otras partes interesadas. Por consiguiente, la pérdida de confianza puede dañar las relaciones comerciales y perjudicar la imagen de la empresa en el mercado. 

Acciones legales y compensación: Los individuos afectados por la violación de sus datos personales pueden emprender acciones legales contra la empresa responsable. Esto puede resultar en demandas, daños y perjuicios, donde la empresa puede ser requerida a indemnizar económicamente a la persona afectada por el incumplimiento del RGPD.

Investigaciones y auditorías: Las autoridades de protección de datos tienen el poder de realizar investigaciones y auditorías en caso de que se sospeche de que una empresa esté incumpliendo el RGPD. Durante estas investigaciones se puede solicitar documentación, recopilar pruebas, evaluar las prácticas en la protección de datos que ha realizado la organización. En caso de que las autoridades encuentren regulaciones en dichas actividades, pueden tomar medidas correctivas y aplicar sanciones económicas.

Es importante destacar que el cumplimiento normativo del RGPD garantiza la protección de la privacidad y confidencialidad de los datos personales para evitar su exposición si cae en manos de terceros no autorizados o si la información se usa con malas intenciones. Además, fomenta el uso legal y ético de la información sensible.

NYMIZ, LA HERRAMIENTA NECESARIA PARA CUMPLIR CON EL RGPD

La anonimización se ha convertido en una herramienta clave para las empresas para cumplir con el RGPD y evitar, por lo tanto, los impactos negativos derivados de su incumplimiento. Más allá de anonimizar los datos, garantizar que el proceso se aplica de forma efectiva es sin duda un requisito indispensable para garantizar el cumplimiento de la normativa. Por ello, la correcta elección de las herramientas y procesos de anonimización resulta imprescindible. 

Además, debido a los grandes volúmenes de información que se manejan en las empresas, el proceso de anonimización debe ser un proceso ágil que no suponga un obstáculo para la actividad diaria de las organizaciones.

Nymiz, a través de la inteligencia artificial, simplifica el proceso de anonimización de datos automatizándolo y poniéndolo al alcance de cualquier usuario sin conocimientos técnicos. Gracias al procesamiento del lenguaje natural, nuestro software detecta los datos personales por contexto para posteriormente protegerlos. Además, ofrece distintos métodos de sustitución, así como posibilidades de personalización del resultado que se adaptan de forma sencilla a las necesidades de nuestros clientes.

 

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